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Novedades en la Ley de trabajo a distancia

La nueva Ley sobre el trabajo a distancia que se publicó en el BOE el día 10 de julio (Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia) presenta algunas novedades con respecto al pasado Real Decreto-ley (28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia).

Pero, ¿cuáles son las modificaciones en la ley de trabajo a distancia? Desde Nuestra Asesoría Fiscal Finanpro ubicada en Málaga queremos que estés bien informado en este sentido y, por eso, hemos desmenuzado para ti la nueva ley en este artículo.

Novedades en la Ley de trabajo a distancia

En el último año se ha multiplicado bruscamente la cantidad de trabajadores que desempeñan su labor a distancia. De apenas un 5%, a más del 30% debido a la Covid-19.

Debido a este aumento y dado que el Estatuto de los Trabajadores estaba desactualizado en este sentido, el año pasado se creó el Real Decreto-ley 28/2020. Y a partir del 11 de julio de 2021 ha entrado en vigor la nueva Ley de Teletrabajo. ¿Qué novedades presenta?

¿Cuál es la diferencia entre teletrabajo y trabajo a distancia?

 

El artículo 2 de la ley diferencia estos dos conceptos, de la siguiente forma:

  • El trabajo a distancia es el que se presta desde el domicilio del trabajador o desde otro lugar escogido, de manera regular.

  • El teletrabajo se lleva a cabo mediante sistemas informáticos o telemáticos.

La igualdad en el trato y la no discriminación del trabajador a distancia

Quienes trabajan a distancia tienen que tener los mismos derechos y condiciones laborales que los trabajadores presenciales. La única excepción serán las condiciones inherentes al trabajo presencial.

Las condiciones establecidas no se pueden modificar, y en los complementos salariales no se verán penalizadas las personas que trabajen a distancia.

Límites a la hora de aplicar el teletrabajo

Mientras que antes no era posible, ahora los trabajadores menores de 18 años que tengan un contrato en prácticas o contrato de formación, podrán teletrabajar si pasan al menos el 50% de la jornada en la modalidad presencial.

Acuerdo para el teletrabajo obligatorio

Es obligatorio llevar a cabo la firma de un acuerdo específico para la condición del teletrabajador. Además, debe ser una modalidad voluntaria, tanto para la empresa como para el trabajador.

Este acuerdo debe realizarse por escrito, y debe recoger todos los cambios que se realicen en las condiciones de prestación de servicios a distancia. Y será obligatorio remitir una copia de este documento firmado a la oficina de empleo.

La empresa abona los gastos

Según el artículo 12 de la ley, los trabajadores tienen derecho a que la empresa les abone los gastos que suponga para ellos la modalidad de trabajo a distancia.

Esta modalidad de trabajo no debe suponer al trabajador un coste extra en las herramientas que necesite para la actividad laboral. Por eso, se deben establecer mecanismos para compensar estos gastos.

Trabajadores que tienen acceso prioritario al teletrabajo

 

Algunos trabajadores tienen prioridad para acceder al teletrabajo. Algunos de ellos serán los que tengan necesidades de conciliar su vida personal y laboral, las madres en periodo de lactancia y las víctimas de violencia de género o de terrorismo.

Estos trabajadores tendrán derecho a volver al trabajo presencial una vez que finalicen las circunstancias que han hecho imperativo el trabajo a distancia.

El trabajo a distancia es voluntario

Tanto para la empresa como para el trabajador, el teletrabajo o el trabajo a distancia serán voluntarios. Esto significa que se puede cambiar el porcentaje de forma voluntaria.

Pero también significa que no adaptar el teletrabajo, la negativa a cambiar la modalidad o la solicitud de revertir el trabajo nunca podrá ser una causa de despido.

Porcentaje mínimo de teletrabajo

Para que se pueda considerar trabajo a distancia, el trabajador tendrá que teletrabajar durante al menos un 30% de la jornada en esta modalidad durante al menos 3 meses.

Es decir, si un trabajador realiza al menos unos 2 días de teletrabajo a la semana, la empresa tendrá la obligación de firmar con él un acuerdo de teletrabajo.

Qué derechos tienen los trabajadores a distancia

La Ley sobre el trabajo a distancia incluye algunos derechos que se deberán garantizar a los trabajadores a distancia o en modalidad de teletrabajo. Son los siguientes:

  • Derecho a la promoción profesional.

  • Derecho a la formación.

  • Derecho a recibir los medios suficientes para realizar su trabajo.

  • Derecho a un horario flexible.

  • Derecho a la compensación de los gastos relacionados con equipos y medios vinculados a la actividad.

  • Derecho a la prevención de riesgos laborales.

  • Derecho al registro horario.

  • Derecho a la intimidad y la protección de datos.

  • Derechos colectivos.

  • Derecho a la desconexión digital.

Nuevas sanciones e infracciones relacionadas con el teletrabajo

 

El hecho de no formalizar el acuerdo de trabajo a distancia en los términos de la norma será considerado una infracción grave.

Las sanciones se han incrementado, y actualmente la infracción por no elaborar el acuerdo de teletrabajo conforme a la norma oscila entre 751 y 7.500 euros.

Esperamos que, con esta explicación, te haya quedado claro en qué consiste la nueva Ley de trabajo a distancia. Esto y mucho más es lo que podemos ofrecerte en nuestro blog de la mejor asesoría fiscal de Málaga Finanpro. Te animamos a que te pongas en contacto con nosotros y reserves una sesión de consulta para informarte más sobre nuestros servicios.

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